La insidiosa enfermedad de los conflictos de interés en medicina

Se acepta que la regla de oro para la gestión ética de los conflictos de interés (CDI) es la transparencia que se debe exigir a investigadores, expertos y responsables de las organizaciones profesionales.  Sin embargo, ¿es la exigencia de una declaración de potenciales CDI una estrategia suficiente para prevenir los sesgos de parcialidad en la generación de conocimiento científico?   Aten Primaria, octubre de 2019

En 2002 se publicó un ensayo clínico1 promovido por la Women's Health Initiative sobre terapia hormonal sustitutiva (THS) frente a placebo, con más de 16.000 mujeres voluntarias, que se tuvo que suspender antes de su finalización porque los resultados pronto mostraron justo lo contrario de lo que la «ortodoxia médica» estaba defendiendo: las mujeres que recibieron estas hormonas tenían más eventos coronarios, más tromboembolia venosa y además presentaron más casos de cáncer de mama.

A continuación, Sacket publicó un breve artículo titulado «La arrogancia de la medicina preventiva»2, donde advertía sobre la preocupante corriente cultural que, exagerando los beneficios de intervenciones preventivas sin suficiente apoyo científico, está medicalizando la vida de los sanos. En este comentario se hacía un análisis crítico de enorme dureza sobre el caso de la THS que durante muchos años se había recetado sistemáticamente a millones de mujeres de todo el mundo, sobre el falso fundamento de que mejoraban su salud. Sackett decía que en todo desastre hay héroes y villanos. En este caso, en el bando de los héroes situaba a los miles de mujeres que aceptaron participar en el ensayo y los equipos científicos independientes que publicaron el estudio en la revista de la Asociación Médica Americana. En el otro bando quedaban los supuestos expertos que habían defendido con ardor este tratamiento durante años sin la suficiente evidencia científica, con un sesgo vinculado a sus intereses personales y a los de las compañías que promocionaban la THS. La lista de casos similares en la reciente historia de la medicina sería larga de relatar pero hay abundante bibliografía3.

Se acepta que la regla de oro para la gestión ética de los conflictos de interés (CDI) es la transparencia que se debe exigir a investigadores, expertos y responsables de las organizaciones profesionales4. Sin embargo, ¿es la exigencia de una declaración de potenciales CDI una estrategia suficiente para prevenir los sesgos de parcialidad en la generación de conocimiento científico?

El reciente caso de un líder mundial de la oncología que había ocultado sus vínculos con la industria5 indica que el mero formalismo de requerir la declaración de CDI por las revistas científicas es fácilmente burlado

el editorial completo

Rogelio Altisent La insidiosa enfermedad de los conflictos de interés en medicina

Aten Primaria. 2019; 51(8):469-470 DOI: 10.1016/j.aprim.2019.05.003

en http://bit.ly/33WOKdk

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