La receta electrónica convive con la de papel en la Provincia de Buenos Aires: actualización de COLFARMA

FEMEBA quiere acercar a todos los médicos y médicas de la provincia el reciente informe del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires (COLFARMA), donde se aclara que la receta electrónica no es obligatoria por el momento en territorio bonaerense, por lo que sigue coexistiendo con la de papel. También se reproduce el comunicado de prensa del Ministerio de Salud de la Nación al respecto. COLFARMA informa el 3/1/25 que los sistemas de repositorios de recetas electrónicas no son todavía interoperables.

Frente a la puesta en marcha de la obligatoriedad de la receta electrónica a partir del 1º de enero de 2025 por disposición de la Ley Nacional Nº 27.553, reflejada ampliamente en los medios de comunicación, el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires nos recuerda que, dado que la Provincia no ha adherido a esta ley nacional, siguen siendo válidas las recetas en papel.

En esta entrada del blog se irán agregando las novedades sobre el tema, con las más recientes en primer lugar:


3/1/2025 Actualización de COLFARMA

Compartimos la información disponible hoy, 3 de enero de 2025, y hasta nuevo aviso:

  • En la provincia de Buenos Aires continúa la COEXISTENCIA de recetas electrónicas y recetas en papel.
  • La dispensa de medicamentos contra la presentación de cualquiera de los formatos, papel o digital está habilitada: acorde a lo que defina la norma de atención de cada obra social.

En caso de que se resuelvan modificaciones en los convenios los mantendremos informados.

  • Las recetas de psicotrópicos y estupefacientes siguen con la modalidad actual.
  • Si bien COLFARMA posee un repositorio, aún falta la conexión entre todos los repositorios existentes y las plataformas de prescripción registradas, es decir no existe interoperabilidad entre todos los sistemas, esto se traduce en que por el momento no podemos acceder desde las farmacias a esas recetas.

Ante cualquier cambio los mantendremos informados. Información N°1/2025 (03/01)


1/1/2025 MINISTERIO de SALUD de la NACIÓN

Entra en vigencia la implementación de la receta electrónica como única(*)modalidad de prescripción de medicamentos

[(*) La legislación nacional se aplica solamente en las jurisdicciones adheridas a la Ley Nacional 27.553, que no es el caso de la Provincia de Buenos Aires, entre otras provincias. Nota del editor.]

La nueva modalidad de prescripción aspira a garantizar un ecosistema de salud digital eficiente, permitir una mayor trazabilidad y seguimiento de las recetas emitidas, facilitar la dispensa en farmacias y garantizar a la población un acceso más seguro a los medicamentos que necesita.

De acuerdo a lo establecido en el Decreto 345/2024, a partir de la fecha entra en vigencia la implementación de la receta electrónica en todo el país.

Esto significa que la prescripción de medicamentos deberá realizarse, únicamente, a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

Para que tengan validez, las recetas electrónicas deberán contar con la identificación del médico o profesional de la salud con nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio; el código de barras; la identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo); la descripción del medicamento recetado detallando nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades. También puede sumar el nombre comercial del medicamento que el profesional prescriptor sugiera. Por último, diagnósticofecha de emisión y firma digital del profesional.

Las plataformas verificarán que los profesionales de salud estén inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) y almacenarán las recetas emitidas en repositorios virtuales que funcionarán como nexo con las farmacias permitiendo que éstas últimas puedan acceder a ellas para la dispensa de los medicamentos cuando el paciente los requiera. Esto permitirá que las personas solo tengan que acercarse a las farmacias con su DNI o credencial para requerir la medicación indicada por el profesional.

Cabe destacar que los repositorios deberán cumplir con protocolos técnicos y administrativos que contemplen la alta disponibilidad y que garanticen el almacenamiento de las recetas durante el período establecido por la normativa. Esto requiere sólidos mecanismos de respaldo y recuperación de información frente a eventuales fallas o incidentes y garanticen el resguardo de los derechos de los pacientes.

Es importante tener en cuenta que la receta manuscrita permanecerá vigente, como condición de excepción, solo en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema. Asimismo, aquellas recetas emitidas en papel antes del 31 de diciembre de 2024 podrán ser utilizadas dentro de su período de vigencia habitual.

El objetivo de esta medida es posibilitar el funcionamiento del ecosistema de salud digital previsto en la Ley Nacional 27553 de Recetas Electrónicas de 2020, agilizando el circuito de prescripción y dispensa de medicamentos y simplificando las instancias administrativas. Asimismo, el sistema de receta electrónica brinda herramientas a los profesionales para que puedan tomar mejores decisiones de tratamiento, evita errores de interpretación y facilita la dispensa en farmacias mejorando en el acceso a los medicamentos.

Actualmente, 17 jurisdicciones cuentan con ley de receta electrónica. De ellas, 11 adhieren a la Ley Nacional (Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán), 4 tienen su propia ley provincial con un régimen propio (Buenos Aires, CABA, Chubut, La Rioja) y 2 tienen el proyecto de ley provincial en curso (Río Negro, Santa Fe). En tanto, las 7 jurisdicciones restantes, si bien pueden utilizar parcialmente la Receta Electrónica, aún no cuentan con ley provincial. De ellas, 4 adhieren al uso de Receta Electrónica y se espera cuenten con proyecto de ley próximamente (San Luis, Córdoba, Santiago del Estero, Santa Cruz) y 3 aún se encuentran en revisión de sus planes de ley provincial (La Pampa, Neuquén, Formosa).


19/12/2024 Acerca de la implementación de la receta electrónica a partir del 2025. COLFARMA

Este informe tiene como objetivo poner en contexto la normativa y las decisiones gubernamentales que nos trajeron hasta aquí y las que podrían regular la implementación de un nuevo sistema que afectará nuestro ejercicio profesional, el trabajo cotidiano en las farmacias, la administración de la seguridad social y la salud pública.

¿Qué puede pasar en 2025?

ENERO

– En la provincia de Buenos Aires seguiría la coexistencia de recetas electrónica y en papel.

– ¿Qué sucederá con las Obras Sociales nacionales o que estén radicados en la CABA?
Aunque la norma tiene alcance nacional en este caso la aplicación depende de su objeto, no del domicilio.
Por esta razón y, debido a que el CFPBA tiene convenios con cada Obra Social, podrían ser alcanzadas por la norma.

Ya se remitió una comunicación a cada una de las obras sociales explicando la convivencia de sistemas en territorio bonaerense, por lo que es posible la dispensa de medicamentos contra la presentación de cualquiera de los formatos habilitados: papel o digital, acorde a lo que defina la norma de atención de la obra social.

Esta comunicación previa es a los efectos de evitar que, por desconocimiento o generalización de la situación, se produzcan débitos indebidos.

También para que puedan responder objetando o no la coexistencia de los formatos en la dispensa.

No obstante, en el caso que la aplicación de la receta electrónica no se vuelva a prorrogar, la implementación estará sujeta a la aplicación de la Res 5744/2024 que regula los repositorios.

Los repositorios sirven para que el paciente pueda tener acceso a la receta sin tener que llevarla, además de permitir el cotejo y verificación de su «autenticidad».

Para ello deben desarrollarse interfaces y aplicativos que nos permitan, como pacientes y profesionales de salud, acceder a los diferentes repositorios y ver las recetas.

Es posible que este modelo de implementación de la receta electrónica esté orientado a tener control de todo lo que se prescribe y que no quede en manos del paciente, del médico, de las obras sociales, de las farmacias y del laboratorio, sin control del Estado. Con esta verificación se podría evitar la dispensa de una receta en diferentes farmacias, al mismo tiempo.

A la fecha en la provincia de Buenos Aires sigue habilitada la receta papel y quedarían afuera del repositorio y exentas del control. Por ahora no hay obligación establecida para dispensar medicamentos SÓLO con recetas subidas a los repositorios, ni sanción (o débitos) por las dispensas basadas en recetas de papel.

Los médicos prescriben a través de sistemas de los sanatorios o de la AMP (por ejemplo, si es consultorio privado), más allá de que algunas obras sociales puedan tener sus propios sistemas.

El modelo que pretenden implementar es para vincular a todas las recetas y poder lograr la trazabilidad. Se trata sólo del comienzo y no el punto final de esta política para la implementación total. En algún momento se impedirá dispensar una receta si no está en la nube.

Al cierre de esta información, la interconexión de los diferentes repositorios no está definida.

Mientras tanto el CFPBA avanza con una herramienta propia para administrar un repositorio de recetas, documentos y soluciones para los farmacéuticos.

 El informe de COLFARMA se completa con un repaso cronológico de la evolución de la normativa hasta el presente.


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