Las fotos de recetas médicas para tratamientos crónicos serán válidas hasta el 28 de febrero de 2023

El Ministerio de Salud aclaró cómo se implementará el fin de la validez de las recetas médicas enviadas por mail o WhatsApp, prolongando su vigencia para los tratamientos crónicos hasta el 28 de febrero de 2023. De esta manera quedará sin efecto la resolución Nº 696/20 del 31 de marzo de 2020, dictada en el marco de la pandemia, que autorizaba la dispensa con la presentación de la foto de la receta; el argumento es que esta modalidad carece de las medidas de seguridad necesarias y sólo era aceptable en un contexto de emergencia. Ministerio de Salud, 27 de diciembre de 2022.

Un comunicado conjunto del Ministerio de Salud y otras instituciones, emitido el 27 de diciembre, aclara cómo se implementará el fin de la validez excepcional que tuvieron las fotos de recetas de medicamentos durante la pandemia. Este es el texto difundido:

El Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina, la Confederación Farmacéutica Argentina, la Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas, la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias y la Federación Farmacéutica acompañan la Resolución Ministerial 3622/22 y ratifican la importancia de retornar al sistema de recetas previo al Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO), que permite una trazabilidad y seguridad adecuadas de los medicamentos y alienta su uso racional.

De modo excepcional, se había autorizado, mientras durara el ASPO, la utilización de fotos de recetas enviadas por canales digitales (Whatsapp y correo electrónico) para tratamientos crónicos con una validez de siete días, mecanismo sólo aceptable en tiempos de emergencia.

Luego del ASPO, esta resolución dejó de estar vigente, y de hecho en la gran mayoría del territorio nacional y en los distintos subsectores del sistema de salud (obras sociales provinciales, sistema público de salud y algunas obras sociales nacionales y prepagas) ya no se utiliza. La derogación de este mecanismo, aceptado como excepción durante un momento epidemiológico particular, es una medida consensuada con ministros y ministras de las 24 jurisdicciones en el marco del Consejo Federal de Salud.

En tanto, las recetas digitales o electrónicas continúan siendo válidas en todo el territorio nacional, de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.553. En este sentido, todas las recetas digitales/electrónicas de PAMI, obras sociales, sector público o empresas de medicina prepaga que se venían utilizando siguen vigentes, exactamente como hasta ahora.

Lo único que queda sin efecto es la posibilidad de presentar una foto de receta médica en las farmacias, excepto para aquellos pacientes con condiciones crónicas y tratamientos prolongados que venían utilizando este mecanismo, en cuyo caso se tomarán como válidas hasta el 28 de febrero de 2023, según lo acordado por los firmantes de este comunicado.

El comunicado conjunto: https://bit.ly/3C2qLwA

La información inicial:

La difusión inicial de la Resolución 3622/22 a través de la agencia oficial Telam planteaba su aplicación inmediata, lo que generó preocupación por las consecuencias de cambiar bruscamente una normativa con más de dos años de vigencia y derivó en la aclaración expuesta en el comunicado conjunto. el comunicado de Telam decía:

El Ministerio de Salud dispuso que ya no serán válidas las recetas confeccionadas en papel y enviadas vía web, mail o WhatsApp para solicitar un tratamiento en las farmacias, según la resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial "porque no tienen los mecanismos de seguridad adecuados", explicó Claudio Ortiz, subsecretario de Calidad, Regulación y Fiscalización del organismo.

La resolución Nº3622/2022, que entró en vigencia este lunes con su publicación en el Boletín Oficial, derogó la resolución Nº 696/20 del 31 de marzo de 2020, que habilitaba la presentación en la farmacia de prescripciones en formato de mensaje de texto o mensajes "a través de aplicaciones de mensajería vía web, mail o fax", indicó el texto.

"Se vuelve al sistema que regía antes de la pandemia, o sea la receta en papel con firma holográfica del médico, o la receta electrónica o digital para aquellos prestadores que disponen de estos sistemas, como por ejemplo el PAMI", explicó a Télam Ortiz.

Con motivo de la ampliación de la emergencia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, se autorizaron modificaciones en la prescripción y dispensa de medicamentos psicotrópicos u otros para la atención de patologías crónicas y eventualmente agudas mientras dure la emergencia.

De esta forma, la resolución derogada permitía presentar la prescripción médica en la farmacia "a fin de que el paciente no deba presentarse al centro de salud u hospital para que le sea renovada la receta de medicamentos crónicos y/o cualquier otro medicamento que utilice habitualmente".

Los motivos de la derogación se deben a que la vía de excepción implementada durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) "no tiene todos los mecanismos de seguridad que sí tienen las recetas analógicas, y era solo aceptable en un contexto de emergencia", explicó Ortiz.

En cambio, con las recetas electrónica o digitales, "la identificación del paciente, el profesional y el medicamento se hacen de acuerdo con mecanismos de seguridad que las hacen unívocas, lo que no ocurre con las fotos de las recetas en papel, que, por ejemplo, pueden ser falsificadas", agregó.

En este sentido, el funcionario remarcó que con la nueva medida, y "como antes del ASPO, los pacientes crónicos pueden recibir las recetas correspondientes a 60 o 90 días de tratamiento para evitar la concurrencia mensual".

Otra alternativa posible para los pacientes es que "reciban la receta electrónica/digital con firma electrónica, si su prestador dispone de ese sistema".

Consultado sobre si la nueva regulación también comprende las prescripciones enviadas a clínicas, hospitales y/o exámenes de laboratorios, Ortiz aclaró que abarca "solo a prescripción de medicamentos y su venta en farmacias".

El informe original:

TELAM. El Ministerio de Salud dejó sin validez las recetas médicas enviadas por mail o WhatsApp. (internet). https://www.telam.com.ar/notas/202212/615382-ministerio-salud--recetas-medicas-whatsapp.html

Disponible en: https://bit.ly/3C224k6

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