Productos para la alimentación complementaria infantil: nuevas directrices de la OMS

WHO Europe. La OMS acaba de publicar un informe sobre los productos dirigidos a la alimentación complementaria infantil (la que sigue a la lactancia materna y llega hasta los 36 meses) . El documento tiene como objetivo aportar una serie de directrices y recomendaciones sobre este tipo de alimentos - tanto los utilizados en las comidas, como los "recreativos" (golosinas, aperitivos y similares) - desde diferentes perspectivas: la  nutricional y la de su venta y comercialización.

WHO Europe, junio de 2019 

La OMS acaba de publicar un informe sobre los productos dirigidos a la alimentación complementaria infantil (la que sigue a la lactancia materna y llega hasta los 36 meses) . El documento tiene como objetivo aportar una serie de directrices y recomendaciones sobre este tipo de alimentos - tanto los utilizados en las comidas, como los "recreativos" (golosinas, aperitivos y similares) - desde diferentes perspectivas: la  nutricional y la de su venta y comercialización.


La idea es que sobre todo sirva de referencia para los fabricantes a la hora de producir y comercializar este tipo de productos, pero también puede estar dirigido a agentes normativos o legisladores e incluso a profesionales relacionados con la alimentación.

Siguen las principales conclusiones de este extenso documento 


Desde la perspectiva de provisión y características nutricionales

  • Las golosinas y los aperitivos dulces no deben comercializarse como adecuados para bebés y niños pequeños de hasta 36 meses.

  • Las bebidas y jugos de frutas y la leche de vaca (o derivados) azucarados no deben comercializarse como adecuadas para bebés y niños pequeños hasta los 36 meses.

  • Los aperitivos salados y los aperitivos con una cantidad de azúcar superior al 15% de su energía no deben comercializarse como adecuados para bebés y niños pequeños de hasta 36 meses.

  • Los azúcares añadidos y otros agentes edulcorantes (incluidos jarabes, miel, jugo de fruta, concentrados de jugo de fruta o edulcorantes sin azúcar, como la sacarina, acesulfamo, sucralosa, aspartamo y stevia) no deben usarse en productos comerciales para la alimentación complementaria para bebés y niños pequeños de hasta 36 meses. El jugo de fruta y el concentrado de jugo de fruta se consideran azúcares añadidos y no se deben usar en productos comerciales para la alimentación complementaria (excepto una pequeña cantidad permitida de jugo de limón o lima como conservante).

  • La utilización de fruta procesada o concentrada (fruta entera en forma de puré o seca)  como ingrediente (por ejemplo, polvo de manzana seca o puré de fresas secas) se podrá realizar solo en ciertas categorías como las comidas, y en cantidad limitada (como máximo 5% en peso).

  • También se proponen umbrales para el azúcar total, por lo que se debe mostrar el porcentaje de energía total proveniente del azúcar en el frontal del envase. Esto tiene la intención de presionar para reducir el uso de frutas procesadas o concentradas para dar un sabor dulce al producto.

  • Se requiere una densidad de energía mínima de 60 kcal / 100 g para algunos alimentos blandos-húmedos de cuchara para asegurar que los alimentos complementarios proporcionen una nutrición adecuada para bebés y niños pequeños entre 6 y 12 meses y no estén hechos en gran parte de agua o de alimentos muy bajos en energía.

  • El contenido máximo de sodio permitido debe reducirse en los productos comerciales para la alimentación complementaria para bebés y niños pequeños de hasta 36 meses, limitándolo a 50 mg/100 kcal y 50 mg/100 g, excepto los purés de queso y las comidas donde el queso figura en la lista de ingredientes en el frontal del envase y el contenido de proteína de los productos lácteos es de 2.2 g / 100 kcal, donde el límite sugerido es de 100 mg/100 kcal y 100 mg/100 g de producto.

  • Para los productos comerciales para la alimentación complementaria que citan una fuente de proteína en el nombre del producto en el frontal del envase, la proporción mínima requerida de pescado, pollo, carne u otra fuente tradicional de proteína debe ser del 8% (del peso total del producto) y 3 g/100 kcal . Para productos donde cualquier fuente de proteína es el primer alimento listado en el nombre del producto, la proporción mínima es de 10% y 4 g/100 kcal.

  • Los ácidos grasos trans producidos industrialmente no deben incluirse en los productos comerciales para la alimentación complementaria. Se recomienda que sean eliminados. De acuerdo con las recomendaciones de la OMS y las recomendaciones dietéticas nacionales de varios países europeos, los productos comerciales para la alimentación complementaria  no deberían contener ácidos grasos trans producidos industrialmente y la ingesta debe ser lo más baja posible en este grupo de edad.

  • La grasa total no debe exceder los 4,5 g/100 kcal, excepto en ciertos tipos de productos con mayor contenido de proteínas.


Desde la perspectiva del embalaje, etiquetado y promoción

  • Ningún producto comercial para la alimentación complementaria  debe comercializarse como adecuado para bebés menores de 6 meses de edad.

  • Todos los productos deben indicar la edad adecuada de introducción.

  • Ningún producto debe incluir ninguna imagen, texto u otra representación que pueda sugerir su uso para bebés menores de 6 meses (incluidas las referencias a los hitos y etapas).

  • Todos los productos  comerciales para la alimentación complementaria  deben incluir una declaración sobre la importancia de la lactancia materna continua por hasta dos años o más y la importancia de no introducir alimentación complementaria antes de los 6 meses de edad.

  • Ningún producto debe incluir ninguna imagen (por ejemplo, imágenes idealizadas de bebés o cachorros), texto u otra representación que pueda socavar o desalentar la lactancia materna, que haga una comparación con la leche materna o que sugiera que el producto es casi equivalente o superior a la leche materna.

  • El diseño del embalaje, el etiquetado y los materiales utilizados para la promoción de alimentos complementarios debe ser diferente del utilizado para los sustitutos de la leche materna para evitar cualquier equivocación. Los productos sustitutos de la leche materna no deben promocionarse de ninguna manera, de conformidad con el Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna y las resoluciones posteriores de la World Health Assembly.

  • Otros productos dirigidos a niños mayores de 36 meses que no son adecuados para bebés y niños pequeños de hasta 36 meses (aquellos que no están destinados a bebés y niños pequeños, no cumplen con el NPM y / o no cumplen con otros requisitos reglamentarios para productos  comerciales para la alimentación complementaria) deben indicar claramente una edad mínima de 36 meses / 3 años en elenvase (incluidos los cereales para el desayuno, las bebidas energéticas y los aperitivos).

  • Todos los productos  comerciales para la alimentación complementaria que contienen fruta (fresca o procesada de alguna manera) deben indicar el porcentaje de este producto en la lista de ingredientes.

  • Todos los productos  comerciales para la alimentación complementaria deben indicar el porcentaje de agua agregada en la lista de ingredientes.

  • El envasado de alimentos que incluya un pitorro debe indicar claramente, “Los bebés y niños pequeños no deben se le permitirá chupar directamente de la bolsa/paquete/contenedor”.

  • Si el contenido de azúcar total excede los límites especificados, el frontal del paquete debe mostrar el porcentaje de energía de azúcares totales. Los límites para diferentes alimentos se establecen en un 30% de energía para cereales secos y purés de frutas/vegetales, un 40% para alimentos lácteos y un 20% para purés vegetales con cereales o leche, y un 15% para alimentos salados y comidas.

  • Las declaraciones de composición (es decir, nutricionales) y de propiedades saludables no deben permitirse para los productos  comerciales para la alimentación complementaria, de conformidad con las directrices del Codex CAC/GL 23-1997 para el uso de declaraciones de propiedades nutricionales y saludables.

  • Ningún producto debe transmitir un apoyo o algo que pueda interpretarse como un apoyo por parte de un profesional u otro organismo, a menos que haya sido específicamente aprobado por las autoridades reguladoras nacionales, regionales o internacionales pertinentes.

  • Deben redactarse directrices de obligado cumplimiento para garantizar que las promociones de productos y las declaraciones de etiquetado no sean confusas, proporcionen instrucciones adecuadas sobre la preparación y el uso (es decir, no alienten a chupar directamente de la bolsa), no alienten su uso prematuro (ya sea de manera implícita o explícita), no sugieran que los alimentos comerciales son nutricionalmente superiores a los preparados en el hogar ni se menoscaben las recomendaciones importantes de salud pública para este grupo demográfico vulnerable.

  • Los nombres de los productos en el frontal del envase deberían reflejar los ingredientes en orden descendente de cantidad para garantizar que no engañen a padres y cuidadores. Deben indicar el nombre del ingrediente más abundante, cuando sea apropiado, como el primer alimento listado en el frontal del envase en el nombre del producto y posiblemente con la cantidad, expresada como un porcentaje del peso total o en gramos u otras medidas (según las costumbres del país) en la lista de ingredientes. Las frutas o verduras se consideran el ingrediente principal si la suma de todas las frutas o las verduras son el ingrediente principal; el nombre del frontal del paquete debería indicar por lo tanto que las frutas o verduras constituyen la mayor parte del producto.

Además de este documento, la OMS ha publicado simultáneamente otro, titulado "Commercial foods for infants and young children in the WHO European Region (2019)" en el que se hace un análisis de las prácticas respecto a este tipo productos en 4 ciudades  europeas  (Viena, Sofía, Budapest y Haifa). Y llega a las siguientes conclusiones:

"Este estudio encontró evidencia de una promoción inadecuada y generalizada de alimentos comerciales para bebés y niños pequeños. A pesar de las reglas acordadas a nivel mundial sobre la promoción de alimentos para bebés y niños, y más de 30 años desde la introducción del código, muchas empresas que fabrican y venden alimentos comerciales para bebés no cumplen con estas reglas.

Una proporción sustancial de los alimentos, que oscila entre el 28% y el 60%, se comercializó como adecuada para niños menores de 6 meses de edad. Todos o casi todos los productos tenían algún tipo de mensaje de composición, nutrición o salud: entre un tercio y tres cuartos llevaba una declaración sobre las propiedades nutricionales y entre el 13% y el 35% tenía al menos una declaración sobre salud o desarrollo infantil. Otras áreas de promoción inadecuada, como las promociones de precios o el uso de imágenes que fomentan la alimentación con biberón, fueron mucho menos comunes pero ocurrieron. Estas prácticas son perjudiciales para la nutrición de los bebés y los niños pequeños porque pueden socavar la lactancia materna y la confianza de los padres en la alimentación complementaria con alimentos caseros, lo que fomenta la dependencia de alimentos y bebidas comerciales.


El estudio también encontró que los alimentos de calidad nutricional inadecuada se estaban comercializando para bebés y niños pequeños. Los altos niveles de azúcares totales en los productos son especialmente preocupantes, ya que los azúcares representan el 40% o más de las calorías en hasta cuatro de cada 10 productos. Aunque no todos estos azúcares son azúcares libres, una proporción significativa de los productos (alrededor de un tercio) sí contenían azúcares añadidos o agentes edulcorantes, generalmente "azúcar" o "concentrado de jugo de fruta "- y el uso del puré de fruta como ingrediente fue generalizado. La OMS recomienda que los azúcares libres aporten menos del 10% de la ingesta total de energía para adultos y niños (o hasta el 5% para beneficios de salud adicionales) y advierte contra la adición de azúcares libres a los alimentos para bebés y niños pequeños. Predominan los sabores dulces y esto puede fomentar una preferencia de por vida por los alimentos dulces, socavando los consejos de alimentación saludable. Los niveles altos en sal / sodio fueron mucho menos comunes; sin embargo, hay productos en el mercado que contienen ingredientes salados y/o que pueden fomentar una preferencia por los alimentos salados a una edad temprana.  

Algunos de los productos no parecen proporcionar suficiente energía (calorías) por cada 100 g, lo que aumenta el riesgo de que los bebés se sientan llenos y dejen de comer antes de que hayan consumido suficientes nutrientes. Es probable que los alimentos densos en energía que están diseñados como aperitivos aumenten el riesgo de un consumo excesivo de energía. Debido a que el estudio se basó en las declaraciones de nutrientes, no fue posible evaluar los niveles de grasas trans en los alimentos; se requieren ajustes a la metodología para abordar este problema en futuras investigaciones."

el documento completo

 "Ending inappropriate promotion of commercially available complementary foods for infants and young children between 6 and 36 months in Europe" (2019). 

disponible en http://bit.ly/31q7y3a

Compartir